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La Alcaldía de Panamá reitera que el Decreto 1424 conocido como Ley Zanahoria,  no se  mantiene vigente durante las festividades patrias, entra a regir la conocida  Ley Tomate.
 
Que a través del Decreto Alcaldicio No. 1896 de 2011, el Alcalde del Distrito de Panamá acató e implementó el Decreto Ejecutivo No. 1424 de 2011, conforme a la circular 005/DS/2011 de la Gobernación de la Provincia de Panamá;
 
Que el Decreto Ejecutivo No. 1424 de 2011, establece en el párrafo segundo del Articulo Segundo, lo siguiente:
 
“De igual forma se exceptuará el cumplimiento de este horario en días feriados  y festivos, para los cuales las Alcaldías establezcan horario distinto, como el 24 y 31 de diciembre, carnavales, fiestas patronales.”
 D E C R E T A:

ARTÍCULO PRIMERO: Se exceptúa del cumplimiento del horario de operación de los centros de expendio de bebidas alcohólicas fijados para el Distrito de Panamá, conforme a lo establecido en el Decreto Ejecutivo No. 1424 de 2011, Decreto Alcaldicio No. 1896 de 2011 y Decreto Alcaldicio No. 1899 de 2011, las siguientes fechas:
 
- Sábado 10 de noviembre al domingo 11 de noviembre de 2012
- Domingo  25 de noviembre al lunes  26 de noviembre de 2012
 
Los establecimientos de expendio de bebidas alcohólicas podrán operar a horario completo en las fechas festivas antes señaladas. 
 
ARTÍCULO SEGUNDO: Este Decreto empezará a regir a partir de su promulgación.
 
FUNDAMENTO DE DERECHO: Ley 106 de 1973, modificada por la Ley 52 de 1984, Ley 55 de 1973. Ley 2 del 23 de enero de 2012 que reforma la Ley 34 de 1949, que adopta como Símbolos de la Nación la Bandera, el Himno y el Escudo y reglamenta su uso.
 
 
 
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE,
 
 
 
LA  ALCALDESA,
 
 
 
ROXANA MENDEZ DE OBARRIO                 
 
 
         LA SECRETARIA GENERAL,
                                                              
 
          CATIBEL FRANCO ARIAS

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724 days ago

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La Alcaldía de Panamá reitera que el Decreto 1424 conocido como Ley Zanahoria, no se mantiene vigente durante las festividades patrias, entra a regir la conocida Ley Tomate.

Que a través del Decreto Alcaldicio No. 1896 de 2011, el Alcalde del Distrito de Panamá acató e implementó el Decreto Ejecutivo No. 1424 de 2011, conforme a la circular 005/DS/2011 de la Gobernación de la Provincia de Panamá;

Que el Decreto Ejecutivo No. 1424 de 2011, establece en el párrafo segundo del Articulo Segundo, lo siguiente:

“De igual forma se exceptuará el cumplimiento de este horario en días feriados y festivos, para los cuales las Alcaldías establezcan horario distinto, como el 24 y 31 de diciembre, carnavales, fiestas patronales.”
D E C R E T A:

ARTÍCULO PRIMERO: Se exceptúa del cumplimiento del horario de operación de los centros de expendio de bebidas alcohólicas fijados para el Distrito de Panamá, conforme a lo establecido en el Decreto Ejecutivo No. 1424 de 2011, Decreto Alcaldicio No. 1896 de 2011 y Decreto Alcaldicio No. 1899 de 2011, las siguientes fechas:

- Sábado 10 de noviembre al domingo 11 de noviembre de 2012
- Domingo 25 de noviembre al lunes 26 de noviembre de 2012

Los establecimientos de expendio de bebidas alcohólicas podrán operar a horario completo en las fechas festivas antes señaladas.

ARTÍCULO SEGUNDO: Este Decreto empezará a regir a partir de su promulgación.

FUNDAMENTO DE DERECHO: Ley 106 de 1973, modificada por la Ley 52 de 1984, Ley 55 de 1973. Ley 2 del 23 de enero de 2012 que reforma la Ley 34 de 1949, que adopta como Símbolos de la Nación la Bandera, el Himno y el Escudo y reglamenta su uso.



COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE,



LA ALCALDESA,



ROXANA MENDEZ DE OBARRIO


LA SECRETARIA GENERAL,


CATIBEL FRANCO ARIAS

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